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Por este pagaré me obligo
a pagar a la orden del emisor de mi tarjeta, el importe de este título. Este
pagaré procede del contrato de apertura de crédito en cuenta corriente para el
uso de tarjeta de crédito que el emisor y el tarjetahabiente tienen celebrado y
representa las disposiciones que del crédito concedido hace el suscriptor.
Tanto la restitución de la suma dispuesta, como los intereses que causará dicha
suma se determinarán y calcularán en la forma, términos y condiciones
convenidos en el contrato referido. Este pagaré es negociable únicamente con
instituciones de crédito.
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